SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0733/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0733/2006-R

Fecha: 26-Jul-2006

i)

Por su parte el co recurrido René O. Delgado Ecos, Juez Tercero de Sentencia, del Distrito Judicial de La Paz informó por escrito que cursa de fs. 70 a 71  lo que sigue: i) el 10 de abril de 2006 tomó conocimiento de la demanda de hábeas corpus, interpuesta por Ninoska Ana Reque Cortez, contra los Jueces Cuarto y Quinto de Instrucción en lo Penal, Margot Pérez Montaño y Willams Dávila Salcedo, respectivamente, al considerar que el recurso no cumplía con los requisitos  establecidos en el art. 90.2 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), observó la demanda para que sea subsanada; sin embargo, el día 11 de abril de 2006 la recurrente retiró el recurso,  dado que aún no fue admitido; ii) de haber subsanado la observación la audiencia se habría efectuado dentro de las veinticuatro horas, el hecho de haber retirado la demanda y posteriormente haber sido detenida no es responsabilidad  del suscrito Juez dado que fue detenida el 18 de abril de 2006 por lo que no existe relación  entre lo que manifiesta y los actuados de su parte.