SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0733/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0733/2006-R

Fecha: 26-Jul-2006

III.3.

III.3.   En el caso de autos, se tienen tres cuestiones planteadas por el recurrente, la primera en la que alega que el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal en suplencia del Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal Willams Dávila Salcedo, no obstante haber providenciado el cúmplase de la Resolución 416/05, de 8 de agosto de 2005, que  revocó la Resolución  61/2005 y dio validez a la notificación con la Sentencia, no tramitó adecuadamente la primera apelación que presentó contra la Sentencia que condenó a su representada, por el contrario se tramitó  indebidamente la segunda apelación.

   Dentro de tal problemática  se evidencia que la representada del recurrente Ninoska Ana Reque Cortez, fue imputada por el Ministerio Público y el querellante  Edmond Tondu Elio, por el delito de secuestro de una menor de dos años, por lo que la imputada reconociendo su culpabilidad, acordó voluntariamente con el Ministerio Público, someterse al procedimiento abreviado con la finalidad que se le imponga la pena mínima para ese delito que es de cinco años, conforme a lo previsto por el art. 334 del Código penal (CP),  lo manifestado demuestra que la Sentencia que la condenó a cinco años de reclusión,  se debe a que se demostró la participación de la procesada en los hechos, y que la misma se declaró culpable del delito imputado, y no debido al procesamiento indebido que ahora alega, dado que tal hecho resulta posterior a la Sentencia condenatoria y no constituye la causa de su privación de libertad.