Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0742/2006-R
Fecha: 27-Jul-2006
Fragmento 3
Con los antecedentes expuestos, interpone recurso de hábeas corpus contra Néstor Julio Enríquez Quiroga, Juez de Partido en lo Penal Liquidador de la ciudad de Cochabamba, pidiendo se declare procedente, se deje sin efecto el mandamiento de condena emitido y se disponga el cumplimiento de la resolución judicial ejecutoriada, con la condenación al pago de daños y perjuicios ocasionados.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- esta omisión de ninguna manera constituye conculcación a derecho fundamental alguno pues la privación de libertad dispuesta como sanción es emergente del delito cometido y sancionado y no de la falta de mención del establecimiento penitenciario,
- el no haber especificado concretamente el nombre del recinto penitenciario no altera sustancialmente el contenido de la sentencia, ni la modifica ni vicia de nulidad el proceso, pues si bien el art. 242.8) CPP.1972 la señala como requisito de contenido sin embargo no constituye uno esencial, por cuanto la pena está impuesta y ella debe ejecutarse
- APROBAR