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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2006-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2006-R

    Fecha: 25-Ago-2006

    II.13.

    II.13. Por memorial de 9 de agosto de 2005 (fs. 44), el representado de los recurrentes impetró la nulidad de obrados, ante la falta de notificación con las liquidaciones practicadas, además que la liquidación de fs. “212” no reflejaría los datos del proceso. De otra parte alegó que el beneficiario cumplió dieciocho años, por lo que la apoderada estaría actuando sin personería desde el 11 de marzo de 2005.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • improcedente
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.11.
    • II.13.
    • II.15.
    • II.17.
    • II.18.
    • II.20.
    • II.21.
    • II.22.
    • II.23.
    • i)
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • APROBAR

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