Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0832/2006-R
Fecha: 25-Ago-2006
II.9.
II.9. Por liquidación de 10 de julio de 2003 (fs. 32), se estableció un monto devengado de Bs1.200,60.- al 18 de junio de 2003. Por liquidación de 1 de diciembre de 2003 (fs. 33), el monto ascendió a Bs1.300,60.- y por liquidación de 30 de abril de 2004 (fs. 34 y vta.), se determinó una suma adeudada de Bs800,60.-, monto por el cual la parte demandante solicitó mandamiento de apremio y una nueva liquidación (fs. 35).