SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0100/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0100/2007-R

Fecha: 05-Mar-2007

II.2.

II.2.  Margarita Pacheco Juaniquina Vda. de Choque, en 23 de agosto de 2002 (fs. 63 a 65),  planteó nulidad de obrados, dado que Donato Choque Mamani, su esposo y codemandado, falleció en 1990, mereciendo el Auto de 6 de septiembre de 2002 (fs. 71 vta, a 72 vta.), por el que los Vocales de la Sala Segunda del Tribunal Agrario, dispusieron la citación por edictos con la demanda a los herederos del mencionado, y no haber lugar a la nulidad impetrada.

Los edictos se publicaron el 7, 12 y 17 de octubre de 2002 (fs. 79 a 81), haciendo saber, entre otros, a Freddy  Rubén Choque Pacheco “y a los demás herederos del demandado Donato  Choque Mamani”, el proceso instaurado. Al no haber contestado la demanda, por decreto de 2 de diciembre de 2002 (fs. 89 vta.), se nombró Defensora de Oficio de los herederos.