SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2007-R

Fecha: 13-Mar-2007

II.3.

II.3.    En la audiencia de consideración de la solicitud de cesación de la detención preventiva, de 13 de noviembre de 2006, el abogado señaló que su defendido, en el curso de los 6 meses de la investigación, ha demostrado que se ha sometido al proceso, que ha colaborado con las autoridades del Ministerio Público y de la ex Policía Técnica Judicial (PTJ), no habiendo obstaculizado el proceso ni la averiguación de la verdad, viabilizando determinados actuados procesales, como la inspección ocular y reconstrucción de los hechos (fs. 1 a 8).