SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0129/2007-R

Fecha: 13-Mar-2007

II.5.

II.5.    Por memorial presentado el 15 de noviembre de 2006, el representado del recurrente interpuso recurso de apelación contra la Resolución de 13 de noviembre de 2006, con los siguientes fundamentos: a. Se le ha negado la cesación de la detención preventiva, no obstante haberse desvirtuado los riesgos procesales que fundamentaron su resolución,  con prueba idónea que no fue valorada conforme a procedimiento; b. Que de acuerdo al art. 221 del CPP la libertad y los derechos de los ciudadanos sólo pueden ser restringidos cuando sea indispensable para la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley y que de acuerdo al art. 222 del CPP, las medidas cautelares deben ser aplicadas con criterio restrictivo; 3. Las pruebas ofrecidas fueron utilizadas en su contra, destrozando a su familia, su patrimonio, y además haber quedado sin trabajo (fs. 16 a 17).