SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R

Fecha: 21-Mar-2007

concedió

Por Resolución 310/2006 cursante de fs. 148 a 149 vta., el Tribunal de amparo concedió el recurso, dejando sin efecto la Resolución 563/2005 de 3 de octubre y su Auto complementario, disponiendo que la Sala recurrida dicte nuevo auto de vista tomando en cuenta las normas que rigen la materia, sin costas por ser excusable, con los siguientes fundamentos: 1) las autoridades recurridas al pronunciar la Resolución 563/2005 de 3 de octubre y el Auto complementario de 28 de octubre de 2005, conculcaron la garantía del debido proceso y la seguridad jurídica, vinculados a la celeridad procesal y al principio de especificidad previsto en el art. 251.I del CPC que establece que ningún acto judicial puede ser declarado nulo si la nulidad no está expresamente determinada por ley; 2) la Resolución 563/2005 no cumple con lo establecido por el art. 236 del CPC ya que el Auto de Vista debe circunscribirse precisamente a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación, lo que no sucede en la especie, genera inseguridad jurídica y vulneración al debido proceso; 3) el recurso de amparo constitucional está instituido precisamente para tutelar cualquier acto que pudiera vulnerar los derechos fundamentales, siempre que no hubiera otro recurso para la protección inmediata de dichas garantías constitucionales, como se da en el presente caso; 4) la Sala Civil Segunda incurrió en un acto ilegal, al no haber adecuado su Resolución a los puntos apelados, ocasionando omisión, y restricción contra los derechos constitucionales del recurrente, por lo que se deben adoptar medidas que reparen esas inobservancias.