SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R

Fecha: 21-Mar-2007

II.6.

II.6. Por Auto de 14 de octubre de 2004, el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial, concedió la apelación en el efecto devolutivo, disponiendo además  que en el término previsto por el art. 531.II del CPC se presente liquidación en la forma y condiciones dispuestas por el Auto de Vista 107/2002 (fs. 76); a cuya consecuencia, el ejecutado presentó liquidación por $us34 853,12.- sin incluir $us5000.- por la venta del vehículo en remate, aduciendo que estaría cancelada la deuda en demasía (segunda liquidación) (fs. 82 y vta.).