Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
II.4.
II.4. La Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz dictó el Auto de Vista 107/2002 de 7 de agosto confirmando la Sentencia 565/01 pronunciada por el Juez de Partido Segundo en lo Civil y Comercial, y que fue apelada por José Enrique Loayza Pacheco, disponiendo que en ejecución de fallos se debía practicar una nueva liquidación y se deduzcan y reconozcan los justos y legítimos pagos efectuados a cuenta del capital (fs. 72 a 73).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- f)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- SC 0772/2005-R,
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- concedido
- APRUEBA