Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
II.7.
II.7. El Juez a quo el 26 de enero de 2005 dictó Auto mediante el cual aprobó la liquidación practicada por el ahora recurrente (fs. 93); a cuya consecuencia, la parte ejecutante interpuso recurso de apelación mediante memorial de 21 de febrero de 2005, solicitando se revoque el Auto de 26 de enero de 2005 (fs. 96 a 98 vta.); que fue contestado por el ahora recurrente por memorial de 8 de marzo de 2005 (fs. 102 a 104), siendo concedido en el efecto devolutivo por Auto de 9 de marzo de 2005 (fs. 105).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- f)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- SC 0772/2005-R,
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- concedido
- APRUEBA