Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0153/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
II.3.
II.3. El 10 de septiembre de 2001 el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial dictó el Auto 419/01, intimando al ejecutado principal y otros para que haga efectivo el pago de la suma líquida y exigible (fs. 12 y vta.); posteriormente, el 23 de noviembre de 2001 el Juez de la causa dictó la Sentencia 565/01 declarando probada la demanda y, en consecuencia, dispuso el pago de la suma adeudada de $us14 078,02-, más intereses pactados, devengados o por devengar del 3% mensual, gastos y costas judiciales (fs. 13 y vta.); Resolución que apelada se radicó ante la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- f)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- SC 0772/2005-R,
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- concedido
- APRUEBA