SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0162/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
Fragmento 22
Por otra parte, en cuanto a la suspensión del término de la prescripción por la tramitación de un antejuicio en medida preparatoria y proceso ejecutivo, en obrados se tiene la prueba que cursa a fs. 101 y vta., por la que se evidencia que la parte querellante solicitó medida preliminar de exhibición de cosa mueble, por Auto de 6 de noviembre de 2001, se anuló obrados y se repuso obrados hasta fs. 18, previniendo a “ALMACENES WARRANT SANTA CRUZ S.A”, sobre su responsabilidad por no haber exhibido la mercadería requerida, dicha prueba demuestra que ese proceso fue anulado hasta fs. 18 y, corrigiendo el procedimiento, previno a la “Empresa Warrant Santa Cruz S.A.” sobre su responsabilidad por no haber exhibido la mercadería solicitada por la parte recurrente y declaró además por concluido el trámite de medida preliminar de exhibición de cosa mueble; además, de dicho documento se evidencia que con anterioridad a la anulación se dictó el Auto Intimatorio de pago, figura que corresponde a un proceso de orden civil.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- procedente
- II.1.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2.
- cualquier forma de antejuicio
- cuando a través de la sustanciación de un procedimiento extrapenal se pueda determinar la existencia de los elementos constitutivos del tipo penal
- Si el proceso penal depende de cualquier forma de antejuicio, el fiscal requerirá al juez de la instrucción que inste su tramitación ante la autoridad que corresponda
- Fragmento 19
- de estafa y estelionato
- III.5.
- Fragmento 22
- convencimiento de que los actos realizados en la vía civil, constituyen un antejuicio
- siempre y cuando la excepción hubiera sido planteada dentro del proceso penal, y declarada procedente por la autoridad judicial que conocía el caso
- Fragmento 25
- APRUEBA