SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2007-R

Fecha: 21-Mar-2007

concedió

La Resolución 03/2006 de 28 de abril, cursante de fs. 94 a 95 vta., pronunciada por el Juez de Partido Mixto, Liquidador y de Sentencia de Puna provincia José María Linares del Distrito Judicial de Potosí, concedió el amparo y dispuso dejar sin efecto el proceso administrativo instaurado contra el recurrente, se realice uno nuevo precautelando sus derechos y garantías, bajo estos fundamentos: i) el informe final de la Comisión de Ética fue firmado solamente por uno de sus miembros, en contra de lo dispuesto por el art. 35 de la LM; ii) el proceso administrativo se ha llevado a cabo en total desconocimiento de la Ley de Procedimiento Administrativo, pues la Comisión de Ética no adecuó en lo que corresponde al tratamiento efectuado en esta norma legal; iii) los correcurridos denegaron la reconsideración solicitada por el recurrente respecto de la Resolución Municipal 01/2006, que aprobó el informe firmado por Ramón Jancko Condori, sin pronunciar una resolución; en franco desconocimiento del art. 20 de la LM.