SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2007-R

Fecha: 21-Mar-2007

II.6.

II.6.  El informe final 01/06 de 9 de enero de 2006 (fs. 29 a 32), suscrito únicamente por Ramón Jancko Condori, se declaró probada la denuncia y se recomendó al Pleno del Concejo Municipal, remitir obrados al Ministerio Público a objeto de su investigación, “con el fin de no tener responsabilidades de encubrimiento y complicidad” (sic).

En la sesión ordinaria del Concejo Municipal de Caiza “D”, de 11 de enero de 2006 (fs. 33 a 36), luego que el concejal Ramón Jancko Condori diera lectura al informe anterior, se decidió emitir una Resolución, haciendo conocer la disidencia del Presidente del Concejo, Raúl Choque y la Concejala Cresencia Uño Argandoña.