SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0165/2007-R
Fecha: 21-Mar-2007
SC 0759/2005-R
Finalmente, con el único fin de aclarar las expresiones vertidas por los recurridos en sentido que si bien se declaró probada la denuncia, no se impuso sanción alguna al recurrente, sino solamente la remisión de antecedentes al Ministerio Público para su consiguiente investigación; es necesario remarcar que esa orden constituye una de las sanciones aplicables establecidas en el art. 36 de la LM, concretamente determinada en su numeral 4, de modo que, al haberse impuesto una sanción en un proceso en el que existieron una serie de ilegalidades señaladas en este fallo, corresponde brindar la protección de este recurso, conforme se hizo en un caso similar que mereció la SC 0759/2005-R de 5 de julio.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y persona recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- igualdad procesal
- seguridad jurídica
- debido proceso,
- derecho a la defensa
- presunción de inocencia
- III.2. El caso ahora revisado
- no cursa señalamiento alguno de audiencia de recepción de la prueba testifical
- Fragmento 20
- se evidencia que no existe notificación al procesado con el ofrecimiento de prueba de cargo, ni con la fijación de audiencia para recibir la prueba testifical del denunciante, y tampoco se produjo una audiencia para la recepción de las declaraciones de los testigos de cargo,
- no es evidente
- SC 0759/2005-R
- APRUEBA