SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2007-R
Fecha: 28-Mar-2007
condiciones dignas y justas por el ejercicio de su labor profesional sin menoscabo de la dignidad del obligado
El razonamiento precedente, por una parte, evita una imposición arbitraria e inequitativa por el que el abogado podría percibir eventualmente el mínimo de honorarios que señala el Arancel, sin dar mérito al trabajo desplegado al no considerar las pautas que para la regulación de honorarios se ha vislumbrado, pautas que constituyen una herramienta para que el juez o la autoridad las apliquen bajo los principios de razonabilidad y de equidad, pues de otra manera, además, no se estaría dando crédito alguno a quien en defensa de los derechos e intereses de su cliente se opone con éxito a una acción planteada sin justa causa o mal planteada; y por otra parte, protege el trabajo profesional y asegura en la regulación de honorarios profesionales, condiciones dignas y justas por el ejercicio de su labor profesional sin menoscabo de la dignidad del obligado.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- serán fijados tomando en cuenta el monto del asunto o proceso si fuere susceptible de apreciación pecuniaria, la naturaleza y complejidad del asunto o proceso, el resultado que se hubiere obtenido, la calidad, eficacia y extensión del trabajo, la trascendencia jurídica, moral y económica que tuviere el asunto o proceso para casos futuros, para el cliente y para la situación económica de las partes
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 18
- condiciones dignas y justas por el ejercicio de su labor profesional sin menoscabo de la dignidad del obligado
- concedido
- APROBAR