Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0197/2007-R
Fecha: 28-Mar-2007
III.3.
III.3. De la documentación que informa a los antecedentes del presente recurso se constata que dentro de un proceso ordinario sobre cesación de hechos lesivos y resarcimiento de daño material y moral cuya demanda fue interpuesta por Cono Sur y en la que su representante señaló como cuantía la suma de
Por lo mismo, las autoridades recurridas al haber regulado los honorarios tomando como base el porcentaje de la cuantía declarada en la demanda, coloca a la empresa unipersonal recurrente, ante una amenaza inminente de restringir su derecho propietario, lo que determina la procedencia del presente recurso de amparo.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- serán fijados tomando en cuenta el monto del asunto o proceso si fuere susceptible de apreciación pecuniaria, la naturaleza y complejidad del asunto o proceso, el resultado que se hubiere obtenido, la calidad, eficacia y extensión del trabajo, la trascendencia jurídica, moral y económica que tuviere el asunto o proceso para casos futuros, para el cliente y para la situación económica de las partes
- III.2.
- III.3.
- Fragmento 18
- condiciones dignas y justas por el ejercicio de su labor profesional sin menoscabo de la dignidad del obligado
- concedido
- APROBAR