SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0226/2007-R

Fecha: 03-Abr-2007

la SC 0169/2007-R de 21 de marzo,

"(…)ambas situaciones de ningún modo son atribuibles a la actora, quien por el contrario el 18 de diciembre solicitó conjuntamente con otros funcionarios municipales su "incorporación a la carrera administrativa", la que debió efectivizarse  por el Municipio de Cochabamba a través de un proceso de institucionalización convocando a un concurso de méritos interno al cargo de la actora, en aplicación a la normativa vigente existente (arts. 11, 59, 61, 64, 66 y 67 de la Ley de Municipalidades, que concuerdan con lo dispuesto en los arts.57.I y II y 59 Decreto Supremo 26115 de 16 marzo de 2001(Normas Básicas del Sistema de Administración de Personal); extremo que no aconteció, por cuanto contrariamente, si bien emitió la RM 2711/2000 de 3 de marzo, que conforme se señaló en el fundamento jurídico III.2.2, puede considerársela como el primer paso de una decisión administrativa objetiva del Concejo Municipal de iniciar un proceso de institucionalización respecto de los servidores públicos municipales provisorios que ingresaron antes de la Ley de Municipalidades a efectos de su incorporación paulatina a la carrera administrativa municipal; sin embargo, no es menos cierto, que dicho proceso quedó trunco porque por falta de reglamentación; que desde esa fecha (año 2000) aún no se concretiza, evidenciándose falta de voluntad política o administrativa para el efecto; situación que impele a este Tribunal, en resguardo del derecho a la igualdad de acceso a la función pública, así como en observancia del principio de la seguridad jurídica a ordenar se restituya a la recurrente a sus funciones, solo a efectos de que cuando se materialice dicho proceso de institucionalización, en el término máximo de 90 días, tenga la oportunidad de acogerse al mismo".