Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0268/2007-R
Fecha: 12-Abr-2007
Fragmento 3
Con esos antecedentes plantea recurso de amparo constitucional contra el Comité Regional de Integración Docente Asistencial en Investigación (CRIDAI) de La Paz representado por su Presidente, Grover Fernández, Director de SEDES La Paz y José Farfán Carrasco, Coordinador Postgrado y Residencia Médica La Paz, pidiendo sea declarado procedente y se disponga la restitución de su condición de Médico Residente III, sea con costas, daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1. Sobre la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- Fragmento 21
- al estar en trámite el mencionado recurso jerárquico y pendiente de resolución,
- III.3. Sobre la terminología empleada en la resolución de los recursos de amparo constitucional.
- "denegado"
- APROBAR