Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0268/2007-R
Fecha: 12-Abr-2007
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los abogados del recurrente ratificaron los términos del recurso e indicaron que su cliente planteó un recurso de revocatoria que no fue resuelto, produciéndose el silencio administrativo, por lo cual, interpuso recurso jerárquico que no fue concedido ante el CNIDAI, cuya cabeza es el Viceministro de Salud, lo que significa que esta violación al derecho a recurrir abre la posibilidad de plantear un amparo constitucional, al ser el medio eficaz para proteger sus derechos, pues no pueden esperar eternamente a la concesión del recurso jerárquico y a su resolución, presentándose en este caso una excepción al principio de subsidiariedad.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- b)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III.1. Sobre la subsidiariedad del recurso de amparo constitucional
- Fragmento 21
- al estar en trámite el mencionado recurso jerárquico y pendiente de resolución,
- III.3. Sobre la terminología empleada en la resolución de los recursos de amparo constitucional.
- "denegado"
- APROBAR