SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0422/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0422/2007-R

Fecha: 22-May-2007

II.8.

II.8. El 7 de febrero de 2003, los representados del recurrente fueron declarados rebeldes, designándoles defensor de oficio a José Luis Terán (fs. 105), cuyo edicto fue debidamente publicado (fs. 109). El 25 de febrero de 2003, se celebró la audiencia de apertura de los debates en la que el Defensor de Oficio renunció al ofrecimiento de prueba por desconocer el paradero de los imputados, solicitando se tome en cuenta la inasistencia de la parte civil y la falta de aportación de pruebas al proceso, pidiendo sentencia justa (fs. 112 a 113).