SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2007-R

Fecha: 06-Jun-2007

improcedente

La Resolución 101/2007, cursante de fs. 43 a 44, de acuerdo en parte con lo requerido por el Fiscal declaró improcedente el recurso, con relación a los jueces Mosés Goridollo Viscarra y Rosalía Peláez Tellez y al fiscal Jhonny Echalar Ramirez y  procedente respecto de los Vocales correcurridos, disponiendo que el Tribunal de Alzada pronuncie un nuevo auto de vista aplicando con preferencia el Código Niño Niña y Adolescente, sin disponer la libertad del detenido. Sea con costas daños y perjuicios. Resolución basada en los siguientes fundamentos: I. Tanto el Fiscal recurrido como el Juez de la Niñez y Adolescencia dieron estricta aplicación a lo dispuesto en el art. 308 del CNNA en lo que se refiere a la detención preventiva y ratificatoria de la misma, por cuyo motivo se establece que la detención del menor no tiene visos de ilegalidad; II. En cumplimiento con el Auto de Vista 019/2007, la Jueza de Partido de Familia mantuvo la detención preventiva ciñendo su decisión en forma correcta y fundamentada a lo previsto por el art. 233 del CNNA. III. Los Vocales recurridos en la apelación interpuesta ordenaron la aplicación de las medidas sustitutivas en el art. 240 incs. 1) y 3) del CPP, dejando de lado la aplicación preferente del Código Niño, Niña y Adolescente en el marco de lo dispuesto en el art. 211 del CNNA.