SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2007-R

Fecha: 04-Jun-2007

1)

José Eduardo Rus Ledezma, recurrido mediante informe cursante de fs. 186  a 187, expresa: 1) José Antonio Alvarado Orellana, inició demanda de concurso necesario de acreedores contra Karenina Rocabado García en base a una letra de cambio, habiéndose dispuesto la acumulación de todos los procesos ejecutivos y coactivos tramitados en contra de ésta, por Auto de 29 de septiembre de 2006; 2) Dentro del proceso ejecutivo seguido por Peregrina Coca de Rocha que fue acumulado, la ejecutante pidió exhibición del vehículo embargado dentro de ese proceso y con relación al cual, la ejecutada fue nombrada la depositaria, habiendo el Juez Octavo de Partido en lo Civil y Comercial, mediante Auto de 31 de agosto de 2006, dispuesto que Karenina Rocabado García exhiba el vehículo embargado bajo conminatoria de expedirse mandamiento de apremio de conformidad al art. 161 del Código de Procedimiento Civil (CPC); 3) En el proceso concursal, Peregrina Coca de Rocha solicitó exhibición del vehículo embargado y cambio de depositario habiéndose dispuesto por Auto  de 6 de noviembre de 2006, la notificación de Karenina Rocabado García para que el 10 de noviembre de 2006, exhiba el vehículo embargado que le fue entregado en depósito y proceda a la entrega al nuevo depositario, bajo conminatoria de ley, habiendo sido notificada la concursada con el referido Auto el 7 de noviembre de 2006; 4) El 9 de noviembre de 2006, la depositaria  solicito mutación del Auto de 6 de noviembre, solicitud que fue corrida en traslado y con la respuesta formulada la mutación fue rechazada; 5) Peregrina Coca de Rocha, mediante memorial de 20 de diciembre de 2006, reitero su solicitud de designación de nuevo depositario y entrega del bien embargado por lo que mediante Auto de 18 de enero de 2007, previos los trámites de ley, se dispuso nuevamente que la concursada en fecha 23 de enero de 2007, exhiba el vehículo que le fue entregado en depósito y entregue el mismo a favor del nuevo depositario, Auto contra el cual, la depositaria interpuso un recurso de revocatoria con alternativa de apelación, reposición que fue rechazada señalándose que la concursada esté al trámite previsto por el art. 25 de la “Ley 1760”; 6) El 23 de enero de 2007, el Oficial de Diligencias del Juzgado se constituyó en las puertas del edificio Pinto; sin embargo, pese a la espera hasta horas 9:50 la depositaria no se  hizo presente; 7) El 25 de enero de 2007, Jhonny Cadima Rodríguez planteó recurso de reposición con alternativa de apelación  contra el Auto de 23 de enero de 2007; es decir planteó una reposición contra otro Auto que a su vez resolvió otra reposición; 8) Por Auto de 31 de marzo de 2007, nuevamente se rechazó la reposición planteada, señalándose el 9 de abril a horas 9:30 para que Karenina Rocabado García exhiba el vehículo embargado y entregue al nuevo depositario, bajo conminatoria en caso de incumplimiento; 9) El 9 de abril 2007, el Oficial de Diligencias  se constituyó en las puestas del edificio Pinto, sin embargo, pese a la espera no se hizo presente ninguna persona para exhibir el vehículo; 10) Peregrina Coca de Rocha, el 9 de abril de 2007, solicitó que se expida mandamiento de apremio  contra la depositaria hasta que exhiba  y entregue al nuevo depositario el vehículo embargado; 11) Por Auto de 11 de abril de 2007, se dispuso que por Secretaría se  franquee mandamiento de apremio con el cual la depositaria fue notificada el 12 de abril de 2007; 12) El 7 de abril de 2007, la concursada señala que el vehículo del cual se constituyó en depositaria no se halla en su poder y que dicho vehículo se encuentra en poder de su esposo que se lo llevó, no teniendo conocimiento donde lo tiene guardado, por lo que se ve imposibilitada de cumplir la orden de exhibición, por lo que pidió que la designación de depositario recaiga sobre su esposo, lo cual fue rechazado; 13) El 12 de abril de 2007, la concursada solicitó nuevo día de exhibición de vehículo y se señale el lugar donde debe exhibirse y entregarse el vehículo, solicitud que fue corrida en traslado mediante proveído de 13 de abril de 2007; 14) El mandamiento de apremio fue entregado el 13 de abril de 2007 “a la hora 10:00”; mandamiento que, ejecutado el 19 de abril de acuerdo al descargo emitido por la Directora del recinto penitenciario femenino “San Sebastián” por lo que por Auto de 20 de abril 2007, dispuso que se remitan fotocopias legalizadas de los antecedentes a la Fiscalía de Distrito para el procesamiento penal de Karenina Rocabado García; asimismo, se dispuso la notificación del Gobernador de la cárcel pública para que en el día la apremiada  sea puesta a disposición del Ministerio Público y luego la autoridad judicial respectiva  disponga lo que fuere de ley.