Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0450/2007-R
Fecha: 04-Jun-2007
II.1.
II.1. El 6 de noviembre de 2006, dentro del concurso necesario seguido a instancia de José Antonio Alvarado Orellana contra Karenina Rocabado García, el Juez de la causa ahora recurrido dispuso que se notifique a la depositaria para que exhiba el vehículo embargado que le fue entregado en depósito y proceda a la entrega de dicho vehículo al nuevo depositario Gualberto Parra Solíz, bajo conminatoria de ley (fs. 117).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no tiene otro propósito, que el de apremiar al depositario desobediente para que sea conducido ante el juez competente
- la persona depositaria de bienes muebles embargados, en caso de no haberlos presentado ante el juez dentro de las veinticuatro horas de haber sido intimado judicialmente, bajo conminatoria, será conducido ante el juez competente
- conducir al depositario desobediente ante la autoridad judicial con el objeto de que exhiba los muebles entregados en depósito
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- REVOCAR