SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2007-R
Fecha: 12-Jul-2007
Fragmento 5
De acuerdo a lo relatado, plantea recurso de amparo constitucional contra Ramiro Sánchez Morales, Hugo Jáuregui Ortega, Vocales de la Sala Civil Cuarta y Edwin Aguilera Jové, Juez Noveno de Partido en lo Civil, por una parte, y contra Hugo Suárez Calbimonte, Carmen Aliaga Alarcón y Aida Luz Maldonado Bocangel, Vocales de las Salas, Social y Administrativa Primera y Civil Primera, respectivamente, por otra, todos de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, solicitando sea concedido, se disponga la nulidad de todo el proceso ejecutivo, incluida la radicatoria y el auto de intimación de pago. En el expediente acumulado (2007-15393-31-RAC), pide la nulidad del Auto de Vista 291/2006 de 19 de julio de 2006, ordenando a los recurridos dicten uno nuevo fundamentando y considerando la expresión de agravios.
- recursos de amparo constitucional
- En el expediente 2006-14822-30-RAC:
- En el expediente: 2007-15393-31-RAC
- En el expediente: 2007-16085-33-RAC
- Fragmento 5
- a)
- deniega
- improcedencia in límine
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.5
- II.6
- III.1 Jurisprudencia constitucional respecto de la interpretación de los contratos.
- en materia de contratos, su interpretación, los términos y condiciones estipulados, como los conflictos que deriven de él deben ser conocidos y resueltos en la vía jurisdiccional ordinaria
- III.2 El caso analizado.
- III.3 En cuanto a la renuncia a la vía ejecutiva.
- debe entenderse que la renuncia aquella, no obliga al acreedor a iniciar el proceso coactivo civil
- : a)
- III.5 Respecto de la tramitación del recurso de amparo identificado con el número de expediente 2007-15393-31-RAC.
- lo que correspondía era terminar su tramitación y declarar la improcedencia por la precitada causal
- III.6 Respecto de la tramitación del recurso de amparo identificado con el número de expediente 2007-16085-33-RAC.
- constitucional al presente se encuentra radicado ante este Tribunal Constitucional en grado de revisión, de manera que su trámite materialmente no ha concluido,
- 2007-15393-31-RAC (Acumulado),
- 2º REVOCA