Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0689/2007-R
Fecha: 09-Ago-2007
2.
2. Si bien cuando se efectuó el secuestro del vehículo, Mario Factor Romero reclamó ser propietario del mismo, no hizo valer esa situación ante el Juez de la causa, porque habiendo presentado memorial de 22 de marzo de 2006, no acreditó su derecho con prueba idónea, y sólo acompañó fotocopias sin ningún valor legal en material civil. Asimismo, efectuó una solicitud inadmisible en un juicio ejecutivo, pidiendo al juez de la causa que declare su derecho propietario, aspecto que sólo puede ser dilucidado en un proceso de conocimiento.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1.
- 1.
- 2.
- 3.
- 5.
- 6.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- a) Expediente 2007-15436-31-RHC
- b) Expediente 2007-15958-32-RHC
- III.1. Sobre la identidad de objeto, sujeto y causa en los recursos de hábeas corpus.
- Fragmento 20
- III.2. Sobre las lesiones al debido proceso y el recurso de hábeas corpus
- III.3. Sobre el mandamiento de apremio
- devolutivo,
- el 12 de abril de 2007, de conformidad al decreto de 5 de abril de 2007.
- APROBAR