Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0716/2007-R
Fecha: 17-Ago-2007
II.3.
II.3. Por Resolución Fiscal de 28 de octubre de 2005, el Fiscal correcurrido Carlos Candia dejó sin efecto la reapertura del caso PTJ 0401422 de la división delitos contra la corrupción pública, disponiendo que se comunique dicha situación al Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz, ordenándose el archivo de obrados (fs. 8 a 9 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- Fragmento 5
- 1)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III.1.
- se entiende que la condición para invocarlo es que se hubiese sustanciado materialmente un proceso culminando con una decisión firme en cualquiera de las formas de conclusión previstas por el Código de Procedimiento Penal
- el entendimiento expresado, cuando se refiere al juzgamiento de las personas, está aludiendo a la existencia de una decisión firme pronunciada por autoridad judicial o por el Ministerio Público,
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- concedido
- APRUEBA