SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0047/2010

Fecha: 25-Oct-2010

AC 0055/2010-CA de 5 de abril

En ese entendido, por AC 0055/2010-CA de 5 de abril se efectuó un cambio al entendimiento referido al plazo de presentación de este recurso de control de legalidad, al establecerse: “En cuanto al plazo en el que el recurso directo de nulidad debe ser interpuesto, el art. 81 de la LTC, fija el plazo de treinta días computables a partir de la ejecución del acto o de la notificación con la resolución impugnada. Pese a que ese precepto legal no señala si esos treinta días son computables en días hábiles o calendarios; no obstante, la jurisprudencia sentada por este Tribunal a través de los AACC 0125/2003-CA, 0327/2003-CA, 0341/2003-CA y la SC 0080/2005 de 25 de octubre, entre otros, se refiere a días hábiles.