SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1690/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1690/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

denegado

  En consecuencia y por lo señalado precedentemente, se constata que la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del art. 19 de la CPEabrg, ahora 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al haber denegado, respecto al cumplimiento tardío de la reincorporación de los recurrentes y concedido con relación al pago de los sueldos devengados y la reposición de los derechos laborales actualizados a la fecha de pago, aunque con otro fundamento, ha efectuado una parcial compulsa y aplicación al citado precepto constitucional.