Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1690/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.7.
II.7. Contra la RA 005/07 de 13 de julio, los abogados recurridos representantes del Alcalde Municipal, el 31 de julio del mismo año, plantearon recurso jerárquico, que fue resuelto por el Ministerio de Trabajo, mediante la Resolución Ministerial (RM) 505/07 de 28 de septiembre, confirmando la RA impugnada (fs. 45 a 47 vta., y 52 a 53).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionarios recurridos y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- 1)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- III.3. La jurisdicción constitucional no es un órgano ejecutor de Resoluciones administrativas ni judiciales
- III.4.El caso en examen
- denegado