SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

II.1.

II.1.    Por escritura pública 115/96, se constata el contrato de anticrético que suscriben Roberto Moisés Árabe David y Gloria Patricia Narváez Medina de Árabe a favor de BIDESA S.A. en Liquidación; en dicho documento, en la cláusula décima primera, los propietarios otorgan el inmueble en calidad de garantía hipotecaria a favor del Banco, hasta que el propietario haga efectivo el pago total y definitivo de todas y cada una de las obligaciones objeto del contrato de anticrético (fs. 16 a 19).