Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.4.
II.4. Por Resolución de 16 de octubre de 2000, el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, intima a Roberto Moisés Árabe David y Gloria Patricia Narváez Medina de Árabe, para que a tercero día de su legal citación, paguen a BIDESA S.A. en Liquidación, la suma de $us9 000.-, además, se libra mandamiento de embargo contra los bienes de propiedad de los ejecutados (fs. 27 vta. y 28); realizándose la diligencia respectiva y el Acta de embargo firmado por el cónyuge de la recurrente, dejándose a éste como depositario de los mismos (fs. 36).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- “continúa”
- III.3.2. Del consentimiento en la accionante
- III.3.3. De la subsidiariedad
- REVOCAR