Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1727/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. Por demanda ejecutiva, ante el incumplimiento de pago, BIDESA S.A. en Liquidación, demanda a Roberto Moisés Árabe David y Gloria Patricia Narváez Medina de Árabe, acreditando que por escritura pública 553/2000, se otorgó el inmueble que fue dado en anticrético a favor del la entidad financiera, quedando el mismo inmueble en garantía hipotecaria, habiéndose devuelto el mismo a sus propietarios, estableciéndose nuevos plazos de pago por el monto de $us9000.- (fs. 25 a 26).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- “continúa”
- III.3.2. Del consentimiento en la accionante
- III.3.3. De la subsidiariedad
- REVOCAR