Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1892/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Se denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, seguridad jurídica, acceso a la justicia, probidad de las autoridades, celeridad procesal e igualdad de las partes, citando al efecto los arts. 7 inc. a), 16.IV, 116.X, 228 y 229 de la CPEabrg. y art. 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y Pacto de San José de Costa Rica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 5
- i)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- "accionante"
- III.3. Jurisprudencia constitucional sobre la oportunidad de solicitar la conversión de acción
- ,
- Consecuentemente, la conversión de acción resulta inoportuna una vez concluida la etapa preparatoria;
- al evidenciarse que la conversión de acción presentada por la recurrente fue extemporánea al haberse efectivizado la misma una vez concluida la etapa preparatoria
- III.4. Del caso de análisis
- dejar sin efecto las actuaciones realizadas y resoluciones tomadas, así como la competencia de ese Tribunal hasta que el Fiscal encargado del caso subsane las actuaciones indebidas de falta de notificación de los imputados con la querella y en su oportunidad dicte requerimiento conclusivo,
- no fue extemporánea
- REVOCAR