SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1892/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1892/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente, ahora accionante, señala como vulnerados sus derechos al debido proceso, seguridad jurídica, acceso a la justicia, probidad de las autoridades, igualdad de las partes y celeridad procesal, toda vez que las autoridades demandadas impiden que se prosiga con los trámites del  juicio oral dentro de la querella y acusación particular interpuesta por el accionante contra Mery Irala López y otros por los delitos de daño calificado y asociación delictuosa ante el Juez de Sentencia Penal de Portachuelo, evitando la sustanciación del proceso con una inadecuada resolución que declara probada la excepción de falta de acción, disponiendo que se deje sin efecto las actuaciones del Juzgado de la causa, no obstante de que la acción penal fue promovida en forma legal y acorde a lo dispuesto en el ordenamiento jurídico positivo, desconociendo por completo el derecho y facultad de conversión de acciones pública a acción penal privada, manteniendo el criterio de notificación con la querella a los imputados o acusados por parte del Ministerio Público cuando dicha magistratura perdió competencia y atribución para poder realizar cualquier acto en el proceso debido a la conversión de acciones dispuesta en el proceso. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyeren  actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del accionante a fin de otorga o negar la tutela solicitada.