SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1952/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1952/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

El 26 de mayo de 2007, sus representados formularon excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, de conformidad a lo dispuesto por el art. 308.4 con relación al 27.10 del Código de Procedimiento Penal (CPP) ante el Juez Primero de Sentencia, debido a que desde el primer acto procesal, 12 de abril de 2004, hasta el momento que presentaron la excepción, transcurrieron tres años, un mes y catorce días, sobrepasando el plazo establecido, por negligencia de la fiscalía y falta de control de la Jueza Primero de Instrucción cautelar.

El 20 de julio de 2007, el Juez Primero de Sentencia rechazó el incidente de extinción de la acción penal y en apelación las vocales de la Sala Penal, ahora demandadas, pronunciaron el Auto de Vista 0009/08 por el que declararon improcedentes los recursos de apelación incidental formulados por sus representados.