SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1952/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1952/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

iii)

iii)   Los actos dilatorios consecutivos realizados por Dorian Henry Vargas Rivera y su hija han hecho que los actos de investigación tengan que extenderse para llegar a la verdad histórica del hecho, actos dilatorios que fueron precisados por el querellante ante el Juez Primero de Sentencia, quien valoró con probidad y sana crítica, rechazando el incidente de extinción de la acción penal, por cuanto de conformidad a la SC 0101/2004 y el AC 0079/2004-ECA no procede la extinción cuando la dilación del proceso es atribuible a la conducta del imputado o procesado, y  

iii)   El auto impugnado interpreta la línea del Tribunal Constitucional de conformidad a lo dispuesto en la SC 0101/2004 y las circulares 10/2004 y 30/04.  En el caso objeto de la litis, la dilación es concurrente, no pude decirse que es únicamente atribuible a la parte, sino también al Ministerio Público y el Órgano Jurisdiccional, pero la dilación mayor El auto impugnado es evidente por parte de la procesada por el sin número de incidente y actuaciones dilatorias.

iii)   La querella fue presentada ante el Fiscal del Distrito, quien designó por sorteo a los fiscales de materia para los efectos de ley, y al convertir la acción no tenía facultades para revisar lo actuado anteriormente, por lo que no ha tenido participación en los hechos, no correspondiendo pronunciarse respecto a él.