SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2029/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2029/2010-R

Fecha: 09-Nov-2010

1)

1) Se la pretende despojar de su bien sin haberla oído ni escuchado en juicio; pues se enteró del proceso a su conclusión debido a que su esposo “anda en continuo movimiento”, y además que ella sufre, padece y es tratada psiquiátricamente, por lo que su estado de salud no le permite tener un concepto exacto del tiempo y el espacio;

La recurrente, ahora accionante, denuncia que la autoridad judicial recurrida, hoy demandada vulneró sus derechos a la igualdad, dignidad, seguridad jurídica, propiedad, a la defensa y a la tutela judicial efectiva por cuanto el Juez demandado: 1) Rechazó la prueba presentada dentro del incidente de nulidad que formuló, sin darse cuenta que no fue notificada con el Decreto que dispuso la apertura del término de prueba; y, 2) Rechazó el incidente sin valorar la prueba que acredita su vínculo matrimonial con el ejecutado, anterior a la compra del bien inmueble rematado y adjudicado. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.