SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2029/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 28 de noviembre de 2005, Juan Carlos Paz Parada, adjudicatario del bien rematado, solicitó orden de desapoderamiento del inmueble (fs. 216). Por decreto de 30 de noviembre de 2005, el Juez recurrido dispuso que previo a disponer lo solicitado, el Oficial de Diligencias del Juzgado se traslade al inmueble adjudicado para verificar qué personas ocupan el mismo y a qué título, anunciándoles que deberán apersonarse al Juzgado para hacer valer sus derechos (fs. 216). De acuerdo al informe 13/02 de 22 de diciembre de 2005, la Oficial de Diligencias informó que se constituyó en el inmueble rematado y adjudicado y que el ejecutado le informó que vivían las siguientes personas: Luis Montero Zankis, Sonia da Silva Mendia de Montero y Carlos Alberto Montero da Silva y dos menores de edad (fs. 220). Por decreto de 23 de diciembre de 2005, el Juez dispuso que “se tiene presente” el informe y que se esté al Auto de 22 de diciembre de 2005 (fs. 220 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 4)
- 5)
- i)
- a)
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- III.3. El amparo constitucional principio de subsidiariedad y el plazo de caducidad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- inmediatez
- Fragmento 28
- III.4. Excepción al principio de subsidiariedad y de inmediatez en virtud a la prevalencia de la justicia sustancial sobre la formal
- el valor de la justicia
- III.5.El problema jurídico planteado
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- 101
- 102
- 116
- REVOCAR