Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2029/2010-R
Fecha: 09-Nov-2010
4)
4) Por Auto de 22 de diciembre, el Juez, sin más trámite rechazó el incidente planteado por la recurrente, argumentando que la nulidad de subasta no es posible, por haberse cumplido con el art. 44 de la Ley de Abreviación Procesal Civil y Asistencia Familiar (LAPCAF); sin embargo, esto es falso porque el acto no cumplió su fin y más bien se vulneró el derecho a la defensa de su cliente porque no fue notificada;
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- 4)
- 5)
- i)
- a)
- b)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- acciones de defensa,
- accionante
- III.3. El amparo constitucional principio de subsidiariedad y el plazo de caducidad
- Garantías jurisdiccionales y acciones de defensa
- colectiva.
- como el único medio de defensa, para la protección inmediata del derecho o garantía,
- inmediatez
- Fragmento 28
- III.4. Excepción al principio de subsidiariedad y de inmediatez en virtud a la prevalencia de la justicia sustancial sobre la formal
- el valor de la justicia
- III.5.El problema jurídico planteado
- Garantizar el cumplimiento de los principios, valores, derechos y deberes
- 101
- 102
- 116
- REVOCAR