SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

a)

La recurrente a través de su abogado, ratificó el memorial del recurso y ampliándolo señaló: a) Notificada la Registradora de DD.RR. con la Sentencia 816/2007, la representó indicando que la partida 99/89, del Libro de Propiedades no contaba con suficiente cantidad de terreno para matricular la urbanización “Franja de Borde”· y que el nombre de la impetrante no coincidía con el de la partida; b) Corrida en traslado la solicitud de orden judicial a la Alcaldía Municipal, esta respondió que se notifique a la oficina de Regulación Urbana a efecto de que emita un informe sobre el terreno y la adjudicación del derecho propietario; y, c) El 18 de febrero de 2005, la recurrente cedió 30 m² de su terreno al Estado a través del Ministerio de Defensa tal cual se advierte de la escritura pública 306/2005, para la construcción de la cárcel pública, sin que dicho trámite de matriculación hubiere sido observado.