SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

II.4.

II.4.  Mediante memorial presentado el 17 de noviembre de 2007, la recurrente pidió la ejecución de la Sentencia bajo conminatoria de ley, emitiendo el Juez recurrido el Auto de 23 del mismo mes y año, pidiendo se complemente los datos de la actora, para proceder a la conminatoria, debiendo acudir a la vía llamada por ley (fs. 27 a 30), subsanada esta observación, la recurrente reiteró su solicitud de ejecución de Sentencia (fs. 31 y vta.), habiéndose pronunciado el Auto de 6 de marzo de 2008, disponiendo no ha lugar a lo impetrado, por cuanto si bien existe una sentencia, en el memorial de la demanda no se advierte que se hubiere solicitado modificación alguna en la superficie y ubicación de la Urbanización “Franja de Borde”, aspecto que no se consideró en la Resolución que se pronunció conforme al art. 190 del CPC (fs. 32 y vta.).