SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.3.
II.3. A fs. 16, cursa el comprobante de caja 1188066, de 8 de enero de 2007, emitido para la inscripción en DD.RR., advirtiéndose en el reverso del mismo el rechazo a cumplir con la inscripción de la “escritura pública 1491” de 21 de diciembre de 2006, “…por cuanto revisada la partida No. 99 del Libro de Propiedades Cercado de 1989, se evidencia que la misma lleva varias notas marginales de limitaciones además que no fue TOTALMENTE DEPURADA bajo la matrícula No. 4.01.1.03.0000144, con el denominativo de URBANIZACIÓN SANTA ANA II-A, por lo que la interesada previamente debería aclarar si la partida 99 del Libro de Propiedades Cercado de 1989, aún tiene superficie restante o suficiente para la 'URBANIZACIÓN FRANJA DE BORDE', debiendo acudir para este fin a la vía llamada por ley. Por otra lado se observa que la escritura ahora rechazada en el Manzano M-4 en el lote No. 1-A consigna una superficie de 10.029, 70 m² siendo en el plano general sólo 1 029, 70 mts2; de igual forma el lote No. 6 del MANZANO M-5ª2, consigna una superficie de 366,93 mts.² siendo en el plano 356,93 mts.2; asimismo el lote No. 8 del MANZANO M7ª, consigna una superficie de 973,37 m2; en cambio en el plano se consigna sólo una superficie de 873,37m2 de la misma fecha, el presente rechazo se fundamenta en el art. 78 incs. b) y g) del Decreto 27957 de 24 de diciembre de 2004” (sic) (fs. 16 vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3.
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. Procedencia de la acción de amparo constitucional y la ejecución de fallos pasados en autoridad de cosa juzgada
- la entrega del bien en ejecución de Sentencia es una consecuencia jurídica del fallo referido
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR