SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
II.1.
II.1. Por memorial presentado el 2 de abril de 2007, la recurrente solicitó orden judicial para la sub inscripción en DD.RR. de la escritura pública 560/2007, que contiene el fraccionamiento y delimitación de superficies, límites y colindancias de la urbanización “Franja de Borde”, en la partida 99/89 del Libro de Propiedades de la provincia Cercado y/o en su caso en la matrícula computarizada 4.01.1.03.0000144 (fs. 2 a 3), procediéndose a la citación de la Alcaldía Municipal, cuyo titular se apersonó a la causa y pidió se notifique a la Dirección de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; y, a la Jefatura de Regulación Urbana (fs. 7), cursando el informe técnico 074/2007 de 29 de junio (fs. 9).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3.
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. Procedencia de la acción de amparo constitucional y la ejecución de fallos pasados en autoridad de cosa juzgada
- la entrega del bien en ejecución de Sentencia es una consecuencia jurídica del fallo referido
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR