SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2099/2010-R
Fecha: 10-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, considera vulnerados sus derechos “a la seguridad jurídica” y al debido proceso, toda vez que, el Juez recurrido, hoy demandado, le negó las reiteradas solicitudes de ejecución de la Sentencia que el mismo pronunció y declaró ejecutoriada, dentro de la solicitud de orden judicial de sub inscripción en DD.RR. de la escritura pública 560/2007, ante la representación efectuada por la Registradora de DD.RR., quien se niega a cumplir dicha instrucción por existir, según dice, datos de superficie contradictorios con el plano de la Urbanización aprobado, decisión que apelada fue confirmada por los Vocales, quienes refieren que en la misma no se consideró lo previsto por el art. 190 del CPC. Corresponde en revisión establecer si los hechos denunciados son evidentes y si ameritan o no la protección que brinda la presente acción tutelar.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3.
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. Procedencia de la acción de amparo constitucional y la ejecución de fallos pasados en autoridad de cosa juzgada
- la entrega del bien en ejecución de Sentencia es una consecuencia jurídica del fallo referido
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- APROBAR