SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2243/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.10.
II.10. Mediante Resolución Determinativa 176/2006 de 21 de diciembre, la Gerencia Distrital de El Alto del SIN, resolvió -entre otros- determinar de oficio por conocimiento cierto de la materia imponible, las obligaciones impositivas de la recurrente, en la suma de Bs77 420.- (setenta y siete mil cuatrocientos veinte bolivianos), por concepto del Impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondiente a impuesto omitido, mantenimiento de valor e intereses y la suma de UFV's1000.- (mil unidades de fomento a la vivienda); sancionando a la contribuyente por el IVA, periodos fiscales 2001 y 2002, con una multa igual al 50% del tributo omitido actualizado a la fecha de resolución, calificando su conducta como evasión, alcanzando un importe de Bs28 962.- (veintiocho mil novecientos sesenta y dos bolivianos) (fs. 226 a 229 del anexo 2).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 24
- III.3.Consideraciones previas a ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- III.4. Marco normativo aplicable al caso de análisis
- 3. Por Edicto
- por desconocerse el domicilio del interesado, o intentada la notificación en cualquiera de las formas previstas, en este Código, ésta no hubiera podido ser realizada,
- comunicar su cambio
- Fragmento 30
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 32
- APROBAR