Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2243/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III.4. Marco normativo aplicable al caso de análisis
Al centrarse la denuncia formulada por la accionante, en un supuesto incumplimiento al procedimiento de notificación establecido por el Código Tributario Boliviano, dentro del proceso de fiscalización al que fue sometida, el que hubiere dado lugar a su indefensión al no haber tenido conocimiento del mismo, a efectos que pudiera asumir defensa, corresponde referirse a lo determinado en este cuerpo normativo, con relación a las formas y medios de notificación en los procesos tributarios.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 24
- III.3.Consideraciones previas a ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada
- III.4. Marco normativo aplicable al caso de análisis
- 3. Por Edicto
- por desconocerse el domicilio del interesado, o intentada la notificación en cualquiera de las formas previstas, en este Código, ésta no hubiera podido ser realizada,
- comunicar su cambio
- Fragmento 30
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 32
- APROBAR