SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2801/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2801/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

II.1.

II.1.    Dentro del proceso ordinario de resolución de contrato de venta del hotel denominado “UNIHOTEL” y promesa de venta de la heladería denominada “UNICORNIO” de propiedad de los ahora recurrentes, Jorge López Sanabria y Concepción Limbania Zeballos Salvatierra, quienes contrataron los servicios del profesional abogado Víctor Hugo Vargas Antezana (fs. 11), proceso seguido contra Genaro Escóbar Segales y Virginia Claure de Escóbar, el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, pronunció la Sentencia de 4 de agosto de 2001, declarando improbadas la demanda principal y las excepciones perentorias opuestas contra la demanda reconvencional, probadas parcialmente las excepciones perentorias formuladas contra la demanda principal, demanda reconvencional y probada la demanda reconvencional de perfeccionamiento y formalización de la venta con el cumplimiento de obligaciones del vendedor; y en el punto 5, se dispuso que los demandados cancelen a favor de los recurrentes $us400 000.- por el inmueble donde se encuentra la heladería “UNICORNIO” (fs. 38 a 42).